Desde el lunes 04/05: Una hora de esparcimiento a 500 metros del domicilio

Lo establece el Decreto firmado por la gobernadora Alicia Kirchner en relación a las salidas recreativas. Podrá ser entre las 11 y las 16 horas. Deberá haber distanciamiento no menor a 2 metros, salvo en el caso de niños que solo podrán salir acompañados de un adulto. Las reuniones o aglomeraciones siguen prohibidas.

LA PROVINCIA 02/05/2020
paseo

Respecto de la posibilidad de realizar salidas de esparcimiento, el Decreto firmado por la gobernadora establece que “en beneficio de  la salud y bienestar psicofísico de las personas, se permitirán  salidas  en carácter de  esparcimiento” de acuerdo a la modalidad que se establece en el artículo 5.

Podrán realizarse en horario diurno con una duración máxima de sesenta (60) minutos por día, entre las 11:00 hs y 16:00 horas, sin alejarse más de QUINIENTOS (500) metros de su residencia. No se podrá usar transporte público o vehicular y se deberá guardar en todo momento un distanciamiento físico entre peatones no menor a DOS (2) metros, salvo en el caso de niños y niñas de hasta DOCE (12) años de edad, quienes deberán realizar la salida sólo en compañía de una persona mayor conviviente.

Además se deja expresamente detallado en el Decreto que “en ningún caso se podrán realizar aglomeraciones o reuniones y se deberá dar cumplimiento a las instrucciones generales de la autoridad sanitaria provincial”; para las mismas se recomienda el uso de cubre boca, nariz y mentón o barbijo casero.

En relación a las salidas de esparcimiento, el instrumento aclara que “en ningún caso podrá utilizarse para la salida de esparcimiento  plazas, parques, circuitos y/o paseos públicos existentes” en la jurisdicción respectiva, según lo establecido por el DNU 408/20 emitido por el Poder Ejecutivo Nacional.

En su artículo 6, el Decreto provincial faculta a los Municipios y las Comisiones de Fomento a efectuar el estricto control y seguimiento del cumplimiento de las medidas dispuestas y de los protocolos sanitarios respectivos especificados en la Resolución Nº 645/20 del Ministerio de Salud y Ambiente de la Provincia. También aclara que en caso de incumplimiento deberán dar intervención inmediata al órgano judicial competente.

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