Ganancias 2021: en qué consiste la devolución de las percepciones del 35% en mayo

Con el cierre del mes, empleadores comienzan a devolver las percepciones de 2021 del impuesto a los trabajadores. Todo lo que tenés que saber.

EL PAIS 29/04/2022
gananciasjpg

Los empleadores comenzaron a devolver este viernes, último día hábil de abril, las percepciones del 35% del Impuesto a las Ganancias que los empleados sufrieron en 2021 e informaron, a través del formulario F572Web, ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).

La Resolución General (AFIP) 4003 determinó que los empleadores tienen tiempo de realizar la liquidación anual del Impuesto a las Ganancias hasta el último día hábil de abril del año siguiente al período que corresponda. Esto quiere decir que los empleadores tuvieron tiempo hasta este viernes para efectuar la liquidación anual del Impuesto a las Ganancias y devolverles a los empleados las percepciones.

Los empleados pueden presentar el Formulario F572Web del año anterior hasta el 31 de marzo del año siguiente y el empleador tiene todo el mes de abril para efectuar las liquidaciones anuales del Impuesto a las Ganancias del año anterior. Este año la AFIP prorrogó el plazo y los empleados tuvieron tiempo hasta el 13 de abril de 2022 para presentar el Formulario F572Web del año 2021.

La retención o devolución se debe realizar en el primer pago posterior a la fecha en que se realice la liquidación y hasta el último día hábil del mes de mayo.

AFIP extendió el plazo para que las empresas presenten la declaración jurada de Ganancias
AFIP informó que las empresas contarán con más tiempo para realizar la presentación de la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias para sociedades que hayan cerrado su ejercicio anual en diciembre de 2021. El nuevo plazo operará los días 23, 24 y 26 de mayo y alcanza a las empresas que cerraron balances en diciembre de 2021.

La fecha prevista para el pago es el día hábil posterior a la presentación de la declaración jurada.

La Resolución General 5189/2022 extiende el plazo original que comenzaba a vencer a mediados de mayo para facilitar el cumplimiento de las obligaciones. Los contribuyentes deberán utilizar el aplicativo "Ganancias personas jurídicas - versión 20.0" que puede descargarse en www.afip.gob.ar/Aplicativos/gciasPersonasFisicasSociedades/default.asp

FUENTE: Ámbito.

Últimas noticias
camara-diputados-martin-menem-ley-omnibus

Ley Ómnibus: habrá plenario de comisiones este jueves

ACTUALIDAD 24/04/2024

La convocatoria de la Comisión de Legislación General de la Cámara de Diputados es para las 12 del mediodía. La reforma laboral fue el punto más sensible en la discusión. El oficialismo tiene asegurado el dictamen de mayoría. El proyecto se trataría el lunes y martes de la semana próxima.

Te puede interesar
6596a8d284d14_1200

Suspendieron el pago de más de 27.000 planes sociales por irregularidades

EL PAIS 29/01/2024

A traves de una medida oficializada a través de una resolución publicada en el Boletín Oficial, el gobierno frenó el Salario Social Complementario a titulares del programa Potenciar Trabajo que percibían jubilaciones o pensiones, prestaciones por desempleo, monotributistas categoría C o superior, fallecidos o personas que tenían un auto con menos de 10 años de antiguedad, entre otros motivos.

Lo más visto