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title: "Promulgan la ley que habilita la educación a distancia"
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description: "La medida habilita la enseñanza a distancia para casos excepcionales, como la actual pandemia de coronavirus."
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tags:
  - "EDUCACIÓN A DISTANCIA"
  - "pandemia"
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# Promulgan la ley que habilita la educación a distancia

![Educacion-a-distancia](/download/multimedia.normal.9d925055d80a5d0c.456475636163696f6e2d612d64697374616e6369615f6e6f726d616c2e6a7067.jpg)

El Gobierno Nacional promulgó la ley 27.550 que habilita la enseñanza a distancia para los menores de 18 años en casos excepcionales, como la actual pandemia del Covid-19. El proyecto, aprobado en el Senado el pasado 11 de junio, modifica el artículo 109 de la Ley 26.206 de Educación.

"Cuando la escolaridad presencial - total o parcial - sea inviable, y únicamente en caso de epidemias, pandemias, catástrofes o razones de fuerza mayor que impidan la concurrencia a los establecimientos educativos, sólo en esos casos será permitido transitoriamente el desarrollo de trayectorias educativas a distancia para los niveles y las modalidades de la educación obligatoria para menores de dieciocho (18) años de edad", aclara la ley.

**A continuación algunos puntos relevantes de la norma:**

•El proyecto de enseñanza a distancia para menores de 18 años estipula que se podrá recurrir a esa modalidad de emergencia cuando así lo habiliten el ministerio de Educación y cada una de las jurisdicciones, como ocurre ahora con las restricciones impuestas por el aislamiento social, preventivo y obligatorio ante la pandemia de Covid-19.

•El expediente fija que "excepcionalmente, previa declaración fundada de esa cartera en acuerdo con el Consejo Federal de Educación cuando la escolaridad presencial -total o parcial- sea inviable, y únicamente en caso de epidemias, pandemias, catástrofes o razones de fuerza mayor que impidan la concurrencia a los establecimientos educativos, será permitido transitoriamente el desarrollo de trayectorias educativas a distancia para los niveles y las modalidades de la educación obligatoria para menores de 18 años".

•La normativa determina que para aplicar esta metodología de estudio "deberá atenderse la provisión de recursos tecnológicos y de conectividad que promuevan la igualdad educativa con condiciones de calidad".

•En el contexto de la excepcionalidad que pueda plantear una epidemia, pandemia o catástrofe que impida la concurrencia a las escuelas e institutos de enseñanza, deberán adoptarse disposiciones para la reorganización pedagógica e institucional del régimen académico y de la capacitación docente.

**FUENTE:** Ámbito.

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