
Quiénes están autorizados a usar el transporte de larga distancia







El Gobierno nacional habilitó la utilización del servicio público de transporte de pasajeros de larga distancia –interurbano e interjurisdiccional–, ya sea por vía terrestre, ferroviaria o aérea para las personas que desarrollen actividades ya aprobadas en el contexto del aislamiento y distanciamiento establecido por la pandemia del coronavirus.
Así se dispuso a través de la Decisión Administrativa 2057/2020, publicada en el Boletín Oficial, que lleva la firma del jefe de Gabinete, Santiago Cafiero; y del ministro de Salud, Ginés González García.
El permiso aclara que "la autorización es otorgada al solo efecto de realizar las actividades autorizadas, debiendo limitarse la utilización del transporte de larga distancia estrictamente a dichos fines".
No obstante, "se recomienda evitar su uso cuando existieran medios alternativos para el desplazamiento", indica el texto.
En tanto, el uso de los medios de transporte descriptos se realizarán de conformidad con los protocolos oportunamente aprobados por la autoridad sanitaria nacional.
Asimismo, las personas alcanzadas por la presente medida, deberán tramitar el “Certificado Único Habilitante para Circulación - Emergencia Covid-19”.
FUENTE: Télam.


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