Grasso: "Vamos a defender lo que tanto nos costó"

El intendente cuestionó el fallo del Tribunal Superior de Justicia que habilita nuevamente los descuentos sobre la coparticipación para aportes previsionales y aseguró que el Municipio defenderá los recursos y el salario de los trabajadores.
07 de julio de 2026

El intendente de Río Gallegos, Pablo Grasso, se refirió al fallo del Tribunal Superior de Justicia de Santa Cruz que revocó la medida cautelar que había suspendido la aplicación del artículo 22 de la Ley Provincial N° 1782, vinculado al ingreso de aportes y contribuciones previsionales sobre fondos de coparticipación municipal.

La resolución del máximo tribunal provincial dejó sin efecto la decisión de primera instancia que impedía descontar e ingresar esos aportes, al considerar que no estaban acreditados los requisitos legales para sostener una medida cautelar contra el Estado. El fallo dio lugar al planteo del Gobierno provincial y de la Caja de Previsión Social, que habían defendido la validez del régimen previsional.

En ese marco, Grasso cuestionó duramente la decisión y apuntó contra el impacto que podría tener en las finanzas municipales. “Largaron un acuerdo para autorizar a que la Provincia les manotee más plata a los municipios para saldar sus deudas. Es catastrófico”, afirmó.

El jefe comunal también vinculó la situación con gestiones anteriores y con deudas que, según sostuvo, los municipios intentan ordenar. “Gente que fue funcionaria y endeudó, o deudas que estamos tratando de sanear. Es lo que pasa cuando tratan estas cosas a escondidas”, expresó.

Además, Grasso advirtió que el Municipio sostendrá una postura firme frente a cualquier medida que afecte los recursos locales y los ingresos de los trabajadores. “Vamos a defender el salario de los municipales. Se viene la férrea defensa de lo que tanto nos costó”, remarcó.

El Tribunal Superior, por su parte, entendió que no se habían demostrado la verosimilitud del derecho ni el peligro en la demora, condiciones necesarias para mantener una cautelar de estas características. También señaló que suspender la aplicación de una ley es una decisión excepcional que requiere un análisis estricto.

Con este fallo, vuelve a quedar habilitado el mecanismo previsto en el artículo 22 de la Ley N° 1782, considerado por la Provincia como una herramienta para garantizar el financiamiento del sistema previsional mediante el ingreso de aportes y contribuciones obligatorias.

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