Trotta: "Larreta debe suspender la presencialidad" tal como lo dispuso el Consejo Federal
Para el Ministro de Educación, el Jefe de Gobierno porteño debe respetar lo que votaron afirmativamente 22 de las 24 provincias: "suspender las clases presenciales y garantizar la virtualidad en zonas alerta epidemiológica".
El ministro de Educación, Nicolás Trotta, afirmó que el jefe de Gobierno porteño, Horacio Rodríguez Larreta, "debe cumplir con lo dispuesto por el Consejo Federal de Educación que por una mayoría absoluta resolvió suspender las clases presenciales y garantizar la virtualidad en zonas alerta epidemiológica", con el objetivo de "cuidar la salud" en el marco de la pandemia de coronavirus.
"Ayer hubo una respuesta muy contundente en el plano educativo por parte del Consejo Federal de Educación, que es un órgano creado por la ley nacional de Educación y participan las 24 jurisdicciones del sistema educativo", dijo este miércoles el funcionario.
"Ayer nos reunimos todos los ministros de Educación de las provincias y de la Ciudad y se decidió, por 22 votos a favor del total de 24, que hay que priorizar la presencialidad con protocolos estrictos, pero que también tenemos que reflejar lo que establece el DNU vigente para situaciones de alarma epidemiológica en la cual hay que suspender la presencialidad", explicó Trotta.
En declaraciones a radio El Destape, el titular de la cartera educativa ratificó que "en las zonas de alarma se tiene que suspender la presencialidad garantizando la virtualidad y el acompañamiento pedagógico a casos especiales".
En ese sentido, señaló que "(Rodríguez) Larreta está obligado a cumplir la resolución del Consejo Federal de Educación que suspendió la presencialidad para las zonas de alerta" y además recordó que el Gobierno porteño "lo cumplió a lo largo del 2020".
La reunión del Consejo Federal se produjo el martes por la noche luego de que la Corte Suprema de Justicia fallara a favor del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y avalara su "autonomía" en la demanda contra el decreto de necesidad y urgencia (DNU 241/2021) que, como una de las medidas sanitarias para mitigar la propagación de la segunda ola de coronavirus, determinó la suspensión de clases presenciales en el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA)
En un comunicado, el Gobierno nacional sostuvo luego que el fallo de la Corte "no aporta nada" desde el punto de vista jurídico, porque refiere a un DNU "que perdió ya vigencia" y fue reemplazado por otro que "no es una prórroga", sino distinto.
FUENTE: Télam.
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