Según el decreto 652 de Nación, en Tierra del Fuego no se pagará impuesto a las Ganancias
De acuerdo al Decreto 652/2024 publicado este lunes en el Boletín Oficial, el Gobierno nacional ratificó que los trabajadores de Tierra del Fuego quedarán exceptuados del pago del impuesto a las Ganancias.
De acuerdo al Decreto 652/2024 publicado este lunes en el Boletín Oficial, el Gobierno nacional ratificó que las trabajadoras y trabajadores de Tierra del Fuego quedarán exceptuados del pago del impuesto a las Ganancias.
Según el artículo 5°, párrafo 2 del Decreto, se establece: "A los fines de lo dispuesto en el artículo 82 de la ley, quedan alcanzados por sus disposiciones las sumas que se abonen en el marco de lo allí previsto, con excepción de los ingresos comprendidos en los incisos a) y b) del mencionado artículo 82 que perciban los sujetos alcanzados por la Ley N° 19.640 y sus normas complementarias".Además, el mismo artículo indica que "las sumas que revistan la naturaleza de adicional remunerativo para el personal civil y militar por prestaciones de servicio en la Antártida Argentina quedan exceptuadas de lo dispuesto en los párrafos cuarto y siguientes del referido artículo 82 de la ley, toda vez que se consideran comprendidas en las deducciones a las que alude el inciso e) del artículo 86 del mencionado texto legal".
Desde AREF encendieron las alarmas por GananciasEn la primera semana de mayo, el director de la Agencia de Recaudación Fueguina (AREF), Oscar Bahamonde, aseguró que un artículo del paquete fiscal de la Ley Bases que se analizaba en el Senado contemplaba que trabajadores y trabajadoras de Tierra del Fuego comiencen a pagar el impuesto a las Ganancias. "Lo que más me gustaría es estar equivocado", señaló en ese entonces.
Dos días más tarde, el secretario de Hacienda de la Nación, Carlos Guberman, admitió en una reunión de comisión en el Senado que el artículo 88 no resultaba "claro" en su redacción, por lo que no eximía a los trabajadores y trabajadoras fueguinas del pago del impuesto a las Ganancias.
Sin embargo, en ese momento y ante la consulta del senador Pablo Blanco (Cambiemos), el funcionario nacional prometió que el texto sería modificado.Ya en julio, tras la sanción de la Ley Bases y el paquete fiscal, el gobernador Gustavo Melella volvió a cuestionar la restitución de la cuarta categoría del Impuesto a las Ganancias y anticipó que en caso que el Gobierno nacional lo promulgara recurriría a la Justicia "en defensa de todos los vecinos de nuestra provincia".
Cómo se reglamentó la LeyTal como detalla el Decreto 652/2024 se mantendrá la baja del piso a $1,8 millón para solteros (unos $1.5 millón netos) y $2,2 millones para personas con dos hijos ($1,95 millón netos) votada. Un millón de trabajadores volverán a pagar el tributo.Era una de las medidas pendientes luego de que salieran las normas para la moratoria, el blanqueo y Bienes Personales.
Comenzará a regir en julio, o sea, con los salarios que los trabajadores recibirán los primeros días de agosto.Antes, el mínimo no imponible era de 15 salarios mínimos, equivalentes a $2.340.000 hasta junio y $ 3.5 millones desde julio.
Con esta medida, aproximadamente un millón de trabajadores que hasta ahora estaban exentos, comenzarán a pagar el impuesto en alícuotas de entre el 5 y el 35%.La actualización del mínimo no imponible se hará de forma trimestral durante este 2024 y, luego, de forma semestral a partir del Índice de Precios al Consumidor (IPC).
(MI TDF)
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