Cómo es el plan que lanzó el Gobierno para asistir a pymes: ayuda para el pago de sueldos, créditos y descuentos impositivos

Tras las críticas por la paralización de la economía que genera la cuarentena a empresas pymes y comercios -que representan un alto porcentaje de la economía formal nacional-, el Gobierno anunció la creación de un Fondo Especial de Garantías que dispondrá unos 30.000.000 de pesos para asistir a esos sectores en el pago de sueldos, otorgamiento de créditos bancarios y descuentos de impuestos como cargas sociales.

EL PAIS 01/04/2020
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El decreto publicado este martes 31 a la medianoche en una edición especial del Boletín Oficial, establece que a través de la ANSES se otorgarán créditos a pymes para financiar a través del Fondo de Afectación Específica, el pago de salarios a empleados, pagos de cargas patronales y financiamiento con créditos para cobertura de cuentas corrientes y capital de trabajo que soliciten las empresas en crisis.

Por otra parte, a través de un nuevo DNU número 332/2020 complementa con medidas concretas en beneficio de las empresas que cuenten con el certificado MiPyme otorgado por el Ministerio de Desarrollo Social:

Entre las medidas anunciadas este miércoles por el Gobierno además de prohibir el despido de empleados por 60 días, se destacan:

La creación del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción para empleadores y trabajadores afectados por la emergencia sanitaria con uno o más de los siguientes beneficios:
Postergación o reducción de hasta el 95% del pago de las contribuciones patronales al Sistema Integrado Previsional Argentino.

Asignación Compensatoria al Salario, para todos los trabajadores en empresas de hasta 100 empleados.
Para los empleadores de hasta 25 trabajadores: 100% del salario neto, con un valor máximo de UN (1) Salario Mínimo Vital y Móvil vigente.
Para los empleadores de 26 a 60 trabajadores: 100% del salario neto, con un valor máximo de hasta un 75% del Salario Mínimo Vital y Móvil vigente.
Para los empleadores de 61 a 100 trabajadores: 100% del salario neto, con un valor máximo de hasta un 50% del Salario Mínimo Vital y Móvil vigente.
REPRO Asistencia por la Emergencia Sanitaria para los trabajadores en relación de dependencia del sector privado en empleadores que superen los 100 empleados. La prestación por trabajador tendrá un mínimo de $6.000 y un máximo de $10.000.

Sistema integral de prestaciones por desempleo

Requisitos para la obtención:
Que sus actividades económicas fueran afectadas de forma crítica en la zona geográfica donde se desarrollan.
Tener una cantidad relevante de trabajadores contagiados por el COVID-19 o que estén en aislamiento obligatorio o con dispensa laboral por estar en grupo de riesgo u obligaciones de cuidado familiar relacionadas al COVID 19.

Acreditar una sustancial reducción en sus ventas con posterioridad al 20 de marzo de 2020.
Se encuentran excluidos de los beneficios del presente decreto aquellos sujetos que realizan las actividades y servicios declarados esenciales.

La Jefatura de Gabinete de Ministros establecerá los criterios objetivos, actividades y demás elementos que permitan determinar la asistencia a recibir por las sujetos beneficiados.

Los sujetos que cumplan con los requisitos, accederán a uno de los siguientes beneficios:

Postergación de los vencimientos para el pago de las contribuciones patronales al Sistema Integrado Previsional Argentino.

Reducción de hasta el 95 % de las contribuciones patronales al Sistema Integrado Previsional Argentino devengadas durante el mes de abril del 2020 para empleadores que no superen los 60 trabajadores contratados (aquellos que lo superen, deberán promover el Procedimiento Preventivo de Crisis)
La AFIP dispondrá los vencimientos especiales para el pago de las contribuciones patronales.

Se elevará durante el período que establezca la Jefatura de Gabinete de Ministros, los montos de las prestaciones económicas por desempleo a un mínimo de $6.000 y un máximo de $10.000.
Los empleadores alcanzados por los beneficios deberán acreditar ante la AFIP, la nómina del personal alcanzado y su afectación a las actividades alcanzadas.
La Jefatura de Gabinete de Ministros tendrá la facultad de extender la vigencia de las medidas del presente decreto y definir las actividades económicas afectadas en forma crítica por la emergencia Sanitaria.

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¿Cómo se financiará esas medidas?
El Gobierno decretó la creación de un Fondo de Afectación Específica conforme lo previsto en el artículo 10 de la ley de emergencia sanitaria, con el objeto de otorgar garantías para facilitar el acceso a préstamos para capital de trabajo, por parte de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas inscriptas en el Registro de Empresas MiPyMES contemplado en el artículo 27 de la Ley Nº 24.467.

En su artículo segundo, se faculta al Jefe de Gabinete a realizar las adecuaciones presupuestarias a fin de transferir al Fondo de Garantías Argentino (FoGAr)en concepto de aporte directo, la suma de $ 30.000.000.000.

Las sumas serán destinadas por la Autoridad de Aplicación y el Comité de Administración del Fondo de Garantías Argentino (FoGAr), al otorgamiento de garantías de conformidad con los siguientes lineamientos:

a. Destinatarios: las garantías serán otorgadas en favor de entidades financieras autorizadas por el Banco Central y las entidades no financieras que desarrollen herramientas de financiamiento, y los fondos Nacionales, Provinciales, Regionales o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, constituidos por los gobiernos respectivos, cualquiera sea la forma jurídica que los mismos adopten, siempre que cumplan con los requisitos técnicos que establezca la Autoridad de Aplicación.

Objeto de las garantías: tendrán como objetivo garantizar el repago de los préstamos para capital de trabajo, incluyendo pagos de salarios, aportes y contribuciones patronales, y cobertura de cheques diferidos.
Beneficiarios: las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas con Certificado MiPyME vigente.
Alcances:

Las garantías podrán cubrir hasta el 100% del préstamo tomado por las personas jurídicas o Pymes, que no deberán presentar garantías propias para obtener los créditos ante las entidades bancarias.

El Ministerio de Desarrollo Productivo que encabeza Matías Kulfas será la autoridad de aplicación, determinará el destino de los fondos que no estuvieran comprometidos en razón de garantías otorgadas, quedando facultado para decidir la transferencia de los mismos a fondos fiduciarios que funcionen bajo su órbita y que promuevan el financiamiento del sector productivo.

FUENTE: A24.

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