
Los autos 0 km ya se pueden pagar con dólares y en cuotas en Argentina: modelos disponibles y precios
ACTUALIDAD02 de julio de 2025Es una nueva forma de financiación que celebró el Ministro Caputo. Los Detalles.
Los principales puntos de la ley aprobada el 11 de junio, que modifica el Código Civil y Comercial de la Nación y establece nuevas reglas para los contratos de locación que benefician a los inquilinos.
ACTUALIDAD30 de junio de 2020El Gobierno promulgó hoy la Ley de Alquileres -sancionada el 11 de junio por la Cámara alta-, que establece nuevas reglas para los contratos de locación que benefician a los inquilinos, como el aumento de los años de duración de los convenios y la obligación de proponer dos garantías a elegir por el propietario.
La Ley 27.551, que modifica el Código Civil y Comercial de la Nación, quedó promulgada a través del Decreto 580/2020, publicado hoy en el Boletín Oficial. Había sido aprobada por 41 votos del oficialismo y sin la presencia de la oposición.
Los puntos principales de la nueva legislación
• El mes anticipado y el depósito de garantía no pueden ser mayores al equivalente a un mes de alquiler, respectivamente.
• El reintegro del mes de garantía debe realizarse en efectivo al momento de la restitución del inmueble, al valor del último mes de alquiler.
• El plazo mínimo del contrato se amplía de dos a tres años, con las excepciones del artículo 1199 del Código Civil y Comercial de la Nación.
• Aquellas expensas que deriven de gastos habituales, es decir, vinculados a los servicios normales y permanentes a su disposición quedan a cargo del locatario. Las expensas extraordinarias debe pagarlas el locador.
• Los gastos a cargo del locador pueden ser compensados por el locatario con el importe de los alquileres, previa notificación fehaciente.
• La intermediación solo puede estar a cargo de un profesional matriculado para el corretaje inmobiliario.
• En cuanto a la garantía, el locatario debe proponer al menos dos alternativas entre título de propiedad inmueble, aval bancario, seguro de caución, fianza o garantía personal del locatario (recibo de sueldo, certificado de ingresos, etc.).
• Sobre el valor de la garantía, el locador no puede requerir garantía que supere el equivalente a cinco veces el valor mensual de la locación, salvo el caso de que la garantía sea de ingresos, en cuyo caso puede elevarse a diez veces.
• Respecto a la actualización monetaria/indexación, la nueva ley excluye a los contratos de locación de los arts. 7 y 10 de la Ley de Convertibilidad 23.928.
• En la fijación del valor de los alquileres solo se admiten ajustes anuales, que deben seguir un índice conformado en partes iguales por el IPC (índice de precios al consumidor) y el RIPTE (remuneración imponible promedio de los trabajadores estables).
• Se establece la obligatoriedad de declarar los contratos de locación ante la AFIP.
• Se crea el Programa Nacional de Alquiler Social para la adopción de medidas que faciliten el acceso a la vivienda digna en alquiler mediante contratación formal; entre ellas: la especial consideración de las personas en situación de violencia de género, la regulación de la actividad de las entidades que otorgan garantías de fianza o seguros de caución, la promoción de un seguro obligatorio para cubrir las faltas de pago de alquileres y las indemnizaciones por daños y ocupación indebida de inmuebles.
• Se dispone el desarrollo de mecanismos de bajo costo o gratuitos para la resolución de conflictos derivados de los contratos de locación.
FUENTE: Télam.
Es una nueva forma de financiación que celebró el Ministro Caputo. Los Detalles.
El Presidente mantuvo una conversación telefónica con el primer ministro de Israel en plena escalada en Medio Oriente.
El declarado hacker nazi GOV.ETH vulneró la portada del prestigioso portal económico.
La hija mayor del periodista que inició la investigación sostuvo que a su padre "le hubiera gustado ver el resultado" de su trabajo.
En medio de la fuerte interna del peronismo, la confirmación de la condena a Cristina Kirchner parece haber comenzado a ordenar al espacio de cara a las elecciones de octubre próximo.
González manifestó “mucha tristeza” por la decisión de la Corte Suprema, a la que calificó como “un ataque a la democracia”.
Su empresa lanzó un comunicado en el que aseguraron que saldarán las deudas.
En esa línea, recordó que al momento de reestatizar la empresa en 2012, “el informe de Julio De Vido en el Congreso fue que eso se hacía ante la falta de dólares que tenía la economía argentina”.
Se realizaría una fusión de varios organismos encargados de la movilidad y el transporte.
El referente de Inquilinos Santa Cruz, Matías Solano, habló con El Mediador, programa que se emite por Tiempo FM 97.5, y advirtió que el índice de morosidad está en crecimiento. Además, apuntó a la disparidad entre “las casas vacías y gente que no tiene donde vivir”.
La delegada del Sindicato de Trabajadores Viales de Santa Cruz, Jacqueline Borquez, visitó los estudios de Tiempo FM 97.5 y en el programa El Mediador rechazó la posible disolución del organismo. A su vez, dijo que no está claro quién se haría cargo de las rutas y qué pasaría con los puestos de trabajo.