DESTACADAS21 de abril de 2021

Impuesto a las Ganancias: "Es un gran alivio para muchos trabajadores"

Se publicó la modificación de la Ley 27.617 sancionada en abril. El mínimo no imponible se eleva a $ 150.000 de salario bruto mensual. Sólo pagarán el impuesto 7 de cada 100 empleados en relación de dependencia. El contador Horacio Vargas consideró que representa un enorme alivio para muchos trabajadores.

Finalmente, se promulgó la modificación del Impuesto a las Ganancias. El decreto 249/21 publicado hoy en el Boletín Oficial formaliza lo establecido en la Ley 27.617 sancionada el 8 de abril pasado. Según lo establecido, sólo pagarán el impuesto 7 de cada 100 empleados en relación de dependencia y el 0,4 % de los jubilados. 

La disposición es retroactiva a enero de 2021. No obstante, no exime de pagar Ganancias este año, que se abona sobre las ganancias de 2020, sino que se paga a mediados de 2022, aunque sí se devolverá lo descontado por los empleadores entre enero y marzo, lo que puede inyectar cerca $ 15.000 millones a la economía. 

En diálogo con el programa radial EL MEDIADOR, el contador Horacio Vargas explicó "es una medida que viene muy bien, es un alivio para muchos trabajadores y en el estudio ya tenemos muchas consultas tras la puesta en vigencia de la norma".

"Otro dato importante es que excluye el aguinaldo y es retroactivo a enero" reiteró el profesional de las Ciencias Económicas, que recordó que en caso de haber pagado el impuesto anual, "habrá un reintegro de parte de los empleadores a aquellos que lo hayan abonado" el que aseguró "se dará seguramente con los sueldos del mes de abril".

"Todavía quedan pendientes algunas reglamentaciones, pero ya es ley e implica una situación que beneficia a trabajadores de muchos rubros como petroleros, trabajadores de la minería, bancarios, marineros, entre otros" sostuvo.

Los cambios más relevantes son:

  • Dejan de pagarlo 1.267.000 trabajadores y jubilados (es un beneficio para más del 90% de los asalariados).
  • Se sube el piso del mínimo no imponible a $ 150.000 de salario bruto mensual. 
  • En el caso de las jubilaciones, sólo tributarán quienes ganen más de 8 haberes mínimos.
  • El aguinaldo queda excluido.
  • Se elimina el tope de edad para deducir a los hijos/as por discapacidad.
  • Se exime al personal de salud de pagar el impuesto por horas extras o guardias (hasta septiembre).

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