En los considerandos del Decreto 1426/20 se establece que continúan vigentes las disposiciones específicas que restringen la circulación de personas, así como las modalidades de funcionamiento de las actividades comerciales, industriales y de servicios dictadas en su oportunidad. Se podrán realizar reuniones sociales el 24 y 31 de diciembre según lo establecido en la normativa y respetando lo determinado por la cartera sanitaria.
A partir de ahora habrá cambios sobre la autorización de ingreso de compra a los comercios de los DNI pares e impares, que hasta ahora se regía por día.
Desde ahora:
Los días del calendario mensual que terminen en cero o par, documentos terminados en cero y números pares.
Los días del calendario mensual que terminen en impar, documentos terminados en números impares.
En cuanto al horario de funcionamiento de las actividades económicas, comerciales, industriales y de servicios será de corrido desde las 8 hasta las 24 horas, debiendo cumplimentar estrictamente los protocolos sanitarios aprobados por la autoridad sanitaria provincial.