
Carlos Presti juró como nuevo ministro de Defensa: "La vamos a romper toda"
EL PAIS12 de diciembre de 2025Vestido de uniforme, el teniente general prestó su juramento ante el presidente Javier Milei en el Salón Blanco de la Casa Rosada.


La medida dictada por la justicia federal en lo contencioso administrativo plantea que la cautelar solicitada por el CELS "resulta sustancialmente idéntica al objeto principal de la acción intentada, por lo que de acogerse favorablemente la medida solicitada, la actora obtendría anticipadamente la satisfacción que persigue con la acción de fondo intentada".
EL PAIS19 de enero de 2024






El juez federal en lo contencioso administrativo Enrique Lavié Pico rechazó el planteo del Centro de Estudio Legales y Sociales (CELS) que tenía por objetivo el dictado de una medida cautelar para la suspensión de la aplicación de la totalidad del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) de desregulación económica del gobierno de Javier Milei.


Se trata del primer fallo emitido por ese fuero en el que se rechaza la aplicación de una medida cautelar contra la totalidad del DNU, lo que podría repetirse en otras presentaciones generalistas.
La medida cautelar solicitada por el CELS se incluyó en la presentación a través de la cual esa entidad reclamó que se declare la inconstitucionalidad y nulidad absoluta e insanable del DNU 70/23, por considerar que afecta la observancia de la Constitución Nacional.
“La pretensión cautelar resulta sustancialmente idéntica al objeto principal de la acción intentada, por lo que de acogerse favorablemente la medida solicitada, la actora obtendría anticipadamente la satisfacción que persigue con la acción de fondo intentada, afectándose el objeto del pleito con menoscabo a las garantías constitucionales ya referidas”, sostuvo el magistrado.
En la misma resolución a la que accedió Télam, el juez Lavié Pico rechazó tramitar como proceso colectivo.
“No se encuentra definido de manera clara el colectivo involucrado, debido a la generalidad de la representación invocada por la Asociación Civil actora y al carácter difuso de la presentación efectuada en la presente causa”, sostuvo el magistrado.
Además, "tampoco se encuentra debidamente delimitado que el decreto atacado produzca un perjuicio por igual a todos los sujetos que la parte actora pretende representar, lo cual descarta la configuración de los recaudos necesarios para la procedencia formal de la acción colectiva intentada al momento de identificar al colectivo involucrado”, señaló.
“La parte actora solo se ha limitado a señalar que comprende a ‘trabajadores, consumidores, inquilinos, sujetos de preferente tutela así como grupos en situación de vulnerabilidad’; siendo ello –de manera evidente– de una amplitud y generalización tal que impide, en el caso concreto, su delimitación en forma precisa y adecuada con el alcance denunciado y, en consecuencia, ello se traduce en la imposibilidad de cumplir con los requisitos exigidos por la CSJN para la configuración del proceso colectivo intentado”, reseñó.
El juez recordó además que “la normativa cuestionada” modifica leyes que regulan materias muy disímiles entre sí (Farmacias, Hidrocarburos, Turismo, Energía Eléctrica, Código Civil y Comercial, Registro Automotor, Trabajo, Salud, Comercio Exterior, Reforma del Estado, Código Aeronáutico, entre otras, y dentro de ellas aspectos particulares).
En ese sentido, señaló “que tramitarían en diferentes ámbitos judiciales, por lo que podrá, en su caso, examinarse -en los términos del artículo 99, inciso 3º, de la Constitución Nacional- de manera independiente y en relación a cada materia ante los diferentes tribunales en su competencia específica, ya que las decisiones sobre su aplicación y/o validez podrían ser diferentes en cada supuesto y en cada jurisdicción”.
El Cels presentó a fines de 2023 una acción declarativa de inconstitucionalidad y un pedido de medida cautelar ante el fuero Contencioso Administrativo Federal contra el decreto de necesidad y urgencia (DNU) 70/2023 del Gobierno nacional, por "alterar reglas constitucionales, violar división de poderes y suprimir derechos".
Y remarcó que a través de este DNU el Poder Ejecutivo "decidió alterar las reglas constitucionales de nuestro país, asumiendo facultades que son del Congreso".





Vestido de uniforme, el teniente general prestó su juramento ante el presidente Javier Milei en el Salón Blanco de la Casa Rosada.

El Gobierno envió este jueves al Senado la iniciativa que buscará aprobar en sesiones extraordinarias

Estaban registradas en las categorías menores.

Javier Milei instruyó a la SIDE a elaborar la Estrategia de Inteligencia Nacional, que deberá establecer los cursos de acción para adecuar la actividad de los organismos al contexto geopolítico y a los intereses estratégicos del Estado.

Será a 4 años -a noviembre de 2029- con un cupón de 6,5% y legislación local

Asumirá como senadora nacional el próximo 10 de diciembre. Alejandra Monteoliva la reemplaza en la cartera.



El Secretario General de ADOSAC cuestionó la ausencia de la presidenta del Consejo Provincial de Educación en el encuentro y reclamó la participación de “interlocutores válidos”. No hubo avances respecto al reclamo salarial y por los puestos de trabajo. Rechazó los descuentos y señaló que "van a utilizar la propia plata que le robaron al salario de los compañeros para pagar el aguinaldo”.

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El Vicegobernador Fabián Leguizamón pidió aumentar 1.200% las partidas en concepto de publicidad para el 2026. Así se desprende del Presupuesto legislativo aprobado en la Cámara de Diputados para el año próximo. La descomunal partida presupuestaria destinada a Publicidad se da en medio de una seria crisis económica que atraviesa la provincia, y que el Gobierno de Claudio Vidal pone como argumento para no generar subas en las paritarias de los empleados públicos.

En la misma jornada se oficializaron otras designaciones relevantes en la Jefatura de Gabinete

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