Dictaron el primer rechazo al planteo de una medida cautelar contra la totalidad del DNU

La medida dictada por la justicia federal en lo contencioso administrativo plantea que la cautelar solicitada por el CELS "resulta sustancialmente idéntica al objeto principal de la acción intentada, por lo que de acogerse favorablemente la medida solicitada, la actora obtendría anticipadamente la satisfacción que persigue con la acción de fondo intentada".

EL PAIS19/01/2024
658ee896e4698_1200

El juez federal en lo contencioso administrativo Enrique Lavié Pico rechazó el planteo del Centro de Estudio Legales y Sociales (CELS) que tenía por objetivo el dictado de una medida cautelar para la suspensión de la aplicación de la totalidad del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) de desregulación económica del gobierno de Javier Milei.

Se trata del primer fallo emitido por ese fuero en el que se rechaza la aplicación de una medida cautelar contra la totalidad del DNU, lo que podría repetirse en otras presentaciones generalistas.

La medida cautelar solicitada por el CELS se incluyó en la presentación a través de la cual esa entidad reclamó que se declare la inconstitucionalidad y nulidad absoluta e insanable del DNU 70/23, por considerar que afecta la observancia de la Constitución Nacional.

“La pretensión cautelar resulta sustancialmente idéntica al objeto principal de la acción intentada, por lo que de acogerse favorablemente la medida solicitada, la actora obtendría anticipadamente la satisfacción que persigue con la acción de fondo intentada, afectándose el objeto del pleito con menoscabo a las garantías constitucionales ya referidas”, sostuvo el magistrado.

En la misma resolución a la que accedió Télam, el juez Lavié Pico rechazó tramitar como proceso colectivo.

“No se encuentra definido de manera clara el colectivo involucrado, debido a la generalidad de la representación invocada por la Asociación Civil actora y al carácter difuso de la presentación efectuada en la presente causa”, sostuvo el magistrado.

Además, "tampoco se encuentra debidamente delimitado que el decreto atacado produzca un perjuicio por igual a todos los sujetos que la parte actora pretende representar, lo cual descarta la configuración de los recaudos necesarios para la procedencia formal de la acción colectiva intentada al momento de identificar al colectivo involucrado”, señaló.

“La parte actora solo se ha limitado a señalar que comprende a ‘trabajadores, consumidores, inquilinos, sujetos de preferente tutela así como grupos en situación de vulnerabilidad’; siendo ello –de manera evidente– de una amplitud y generalización tal que impide, en el caso concreto, su delimitación en forma precisa y adecuada con el alcance denunciado y, en consecuencia, ello se traduce en la imposibilidad de cumplir con los requisitos exigidos por la CSJN para la configuración del proceso colectivo intentado”, reseñó.

El juez recordó además que “la normativa cuestionada” modifica leyes que regulan materias muy disímiles entre sí (Farmacias, Hidrocarburos, Turismo, Energía Eléctrica, Código Civil y Comercial, Registro Automotor, Trabajo, Salud, Comercio Exterior, Reforma del Estado, Código Aeronáutico, entre otras, y dentro de ellas aspectos particulares).

En ese sentido, señaló “que tramitarían en diferentes ámbitos judiciales, por lo que podrá, en su caso, examinarse -en los términos del artículo 99, inciso 3º, de la Constitución Nacional- de manera independiente y en relación a cada materia ante los diferentes tribunales en su competencia específica, ya que las decisiones sobre su aplicación y/o validez podrían ser diferentes en cada supuesto y en cada jurisdicción”.

El Cels presentó a fines de 2023 una acción declarativa de inconstitucionalidad y un pedido de medida cautelar ante el fuero Contencioso Administrativo Federal contra el decreto de necesidad y urgencia (DNU) 70/2023 del Gobierno nacional, por "alterar reglas constitucionales, violar división de poderes y suprimir derechos".

Y remarcó que a través de este DNU el Poder Ejecutivo "decidió alterar las reglas constitucionales de nuestro país, asumiendo facultades que son del Congreso".

Te puede interesar
Lo más visto
WhatsApp Image 2024-11-20 at 15.00.39

Roxana Reyes: "Ficha Limpia será ley a pesar del kirchnerismo"

LA PROVINCIA 21/11/2024

El proyecto de Ley de Ficha Limpia se trata de una iniciativa ciudadana que busca inhabilitar a personas con condenas judiciales para ocupar cargos públicos. Sin embargo, la falta de quórum de este miércoles impidió el desarrollo del debate y el avance hacia la sanción de esta normativa clave en la lucha contra la corrupción.

cordero

La Fiesta del Cordero tiene fecha definida en Río Gallegos

LA CIUDAD21/11/2024

Será los próximos días 6 y 7 de diciembre según adelantó a nuestro medio el presidente de la Sociedad Rural Río Gallegos, Enrique Jamieson. La comisión rural está en plena fase organizativa. A finales de mes se conocerá el precio de las piezas, aunque se asegura la excelencia del producto y “una muy buena relación precio calidad”, expresó el productor.

7b3475a4bcfa983cb1b9b6e6f566e8d1_XL

Instalaron ocho generadores de energía en la Central Eléctrica de El Calafate

LA PROVINCIA 21/11/2024

Tal como fue informado hace algunos días atrás, Servicios Públicos Sociedad del Estado, se encuentra trabajando para garantizar la provisión de energía eléctrica a la localidad de El Calafate, durante los cortes que fueron programados entre el 23 y 26 de noviembre. Para tal fin, implementó una serie de dispositivos no solo en la Villa Turística sino también en otras cinco localidades.