
Esteban Bayer dijo que destruir el monumento a su padre es "un mensaje de odio y violencia"
“La línea que marca el Presidente es de odio, de enfrentamiento, de actos violentos”, dijo.
La medida dictada por la justicia federal en lo contencioso administrativo plantea que la cautelar solicitada por el CELS "resulta sustancialmente idéntica al objeto principal de la acción intentada, por lo que de acogerse favorablemente la medida solicitada, la actora obtendría anticipadamente la satisfacción que persigue con la acción de fondo intentada".
EL PAIS19/01/2024El juez federal en lo contencioso administrativo Enrique Lavié Pico rechazó el planteo del Centro de Estudio Legales y Sociales (CELS) que tenía por objetivo el dictado de una medida cautelar para la suspensión de la aplicación de la totalidad del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) de desregulación económica del gobierno de Javier Milei.
Se trata del primer fallo emitido por ese fuero en el que se rechaza la aplicación de una medida cautelar contra la totalidad del DNU, lo que podría repetirse en otras presentaciones generalistas.
La medida cautelar solicitada por el CELS se incluyó en la presentación a través de la cual esa entidad reclamó que se declare la inconstitucionalidad y nulidad absoluta e insanable del DNU 70/23, por considerar que afecta la observancia de la Constitución Nacional.
“La pretensión cautelar resulta sustancialmente idéntica al objeto principal de la acción intentada, por lo que de acogerse favorablemente la medida solicitada, la actora obtendría anticipadamente la satisfacción que persigue con la acción de fondo intentada, afectándose el objeto del pleito con menoscabo a las garantías constitucionales ya referidas”, sostuvo el magistrado.
En la misma resolución a la que accedió Télam, el juez Lavié Pico rechazó tramitar como proceso colectivo.
“No se encuentra definido de manera clara el colectivo involucrado, debido a la generalidad de la representación invocada por la Asociación Civil actora y al carácter difuso de la presentación efectuada en la presente causa”, sostuvo el magistrado.
Además, "tampoco se encuentra debidamente delimitado que el decreto atacado produzca un perjuicio por igual a todos los sujetos que la parte actora pretende representar, lo cual descarta la configuración de los recaudos necesarios para la procedencia formal de la acción colectiva intentada al momento de identificar al colectivo involucrado”, señaló.
“La parte actora solo se ha limitado a señalar que comprende a ‘trabajadores, consumidores, inquilinos, sujetos de preferente tutela así como grupos en situación de vulnerabilidad’; siendo ello –de manera evidente– de una amplitud y generalización tal que impide, en el caso concreto, su delimitación en forma precisa y adecuada con el alcance denunciado y, en consecuencia, ello se traduce en la imposibilidad de cumplir con los requisitos exigidos por la CSJN para la configuración del proceso colectivo intentado”, reseñó.
El juez recordó además que “la normativa cuestionada” modifica leyes que regulan materias muy disímiles entre sí (Farmacias, Hidrocarburos, Turismo, Energía Eléctrica, Código Civil y Comercial, Registro Automotor, Trabajo, Salud, Comercio Exterior, Reforma del Estado, Código Aeronáutico, entre otras, y dentro de ellas aspectos particulares).
En ese sentido, señaló “que tramitarían en diferentes ámbitos judiciales, por lo que podrá, en su caso, examinarse -en los términos del artículo 99, inciso 3º, de la Constitución Nacional- de manera independiente y en relación a cada materia ante los diferentes tribunales en su competencia específica, ya que las decisiones sobre su aplicación y/o validez podrían ser diferentes en cada supuesto y en cada jurisdicción”.
El Cels presentó a fines de 2023 una acción declarativa de inconstitucionalidad y un pedido de medida cautelar ante el fuero Contencioso Administrativo Federal contra el decreto de necesidad y urgencia (DNU) 70/2023 del Gobierno nacional, por "alterar reglas constitucionales, violar división de poderes y suprimir derechos".
Y remarcó que a través de este DNU el Poder Ejecutivo "decidió alterar las reglas constitucionales de nuestro país, asumiendo facultades que son del Congreso".
“La línea que marca el Presidente es de odio, de enfrentamiento, de actos violentos”, dijo.
Fue victoria por 4-1 con una soberbia actuación de todo el equipo, pero en la que el delantero del Atlético Madrid fue clave
La medida dispuso no habilitar el funcionamiento de centros de estudiantes en las cárceles federales.
“No es que tenemos una reacción por lo que sucedió en la marcha anterior con los jubilados. Son un montón de cuestiones que se van acumulando que afectan a las mayorías populares”, argumentó el secretario de Políticas Económicas y Sociales de la CGT.
El mandatario reunió a su equipo al cierre de una semana en la que conquistó la aprobación del Congreso al acuerdo con el FMI y el acuerdo electoral con el PRO en Buenos Aires.
La Cámara de Diputados aprobó esta tarde el DNU del Gobierno que habilita a firmar un nuevo acuerdo con el FMI. La iniciativa fue aprobada por 129 votos a favor, 106 en contra y 6 abstenciones.
El Concejo Deliberante le otorgó una distinción al grupo artístico por su contribución al desarrollo cultural de la ciudad.
SIPGER destacó el rol del gobernador Vidal y el compromiso ambiental asumido por YPF
Una familia perdió gran parte de sus pertenencias tras el incendio ocurrido en la tarde de ayer en los monoblocks del barrio Jorge Newbery. Ahora, solicitan ayuda para recuperar lo perdido y poder restablecer los servicios esenciales, ya que en el hogar viven menores de edad.
El ex funcionario provincial se negó a abrir la puerta y la Policía debió irrumpir en su domicilio. Intentó destruir documentación y ocultar pruebas en una cámara séptica.
El intendente de Pico Truncado, Sebastián Anabalón, enfrenta un nuevo escándalo: mientras los trabajadores municipales continúan en paro por salarios dignos, él percibiría doble sueldo, cobrando como petrolero y como jefe comunal.