Recetas Médicas: qué dice el comunicado del Ministerio de Salud y Ambiente de Santa Cruz
La Resolución Ministerial 3622/22 dispone dejar sin efecto la posibilidad de presentar una foto de receta médica en las farmacias, excepto para aquellos pacientes con condiciones crónicas y tratamientos prolongados que venían utilizando este mecanismo, en cuyo caso se tomarán como válidas hasta el 28 de febrero de 2023.
En ese sentido, las recetas digitales o electrónicas continúan siendo válidas en todo el territorio nacional, de acuerdo a lo establecido por la Ley N°27.553. Cabe aclarar, que todas las recetas digitales/electrónicas de PAMI, obras sociales, sector público o empresas de medicina prepaga que se venían utilizando siguen vigentes, exactamente como hasta ahora.
El Gobierno de la provincia, a través del Ministerio de Salud y Ambiente junto al Ministerio de Salud de la Nación, la Superintendencia de Servicios de Salud, el Consejo de Obras y Servicios Sociales Provinciales de la República Argentina, la Confederación Farmacéutica Argentina, la Asociación de Propietarios de Farmacias Argentinas, la Federación Argentina de Cámaras de Farmacias y la Federación Farmacéutica, acompañan la Resolución Ministerial 3622/22 y ratifican la importancia de retornar al sistema de recetas previo al Aislamiento Social Preventivo Obligatorio (ASPO), que permite una trazabilidad y seguridad adecuadas de los medicamentos y alienta su uso racional.
De modo excepcional, se había autorizado, mientras durara el ASPO, la utilización de fotos de recetas enviadas por canales digitales (servicios de mensajería y correo electrónico) para tratamientos crónicos con una validez de siete días, mecanismo sólo aceptable en tiempos de emergencia.
Luego del ASPO, esta resolución dejó de estar vigente, y de hecho en la gran mayoría del territorio nacional y en los distintos subsectores del sistema de salud (obras sociales provinciales, sistema público de salud y algunas obras sociales nacionales y prepagas) ya no se utiliza. La derogación de este mecanismo, aceptado como excepción durante un momento epidemiológico particular, es una medida consensuada con ministros y ministras de las veinticuatro jurisdicciones en el marco del Consejo Federal de Salud.
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