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Los beneficiarios de la ayuda mensual por Desempleo que paga la ANSES, cobran desde hoy la prestación correspondiente a junio. ¿Cuándo cobro?
ACTUALIDAD23 de junio de 2022Los trabajadores en relación de dependencia despedidos sin justa causa, que hayan tramitado ante la ANSES la ayuda mensual por Desempleo, comienzan a cobrar a partir de hoy el importe de junio con un calendario de pagos que se ordena según el último número del DNI. ¿Cuándo cobro en junio?
Quiénes pueden tramitarlo
Los trabajadores en relación de dependencia despedidos sin justa causa, pueden acceder a un cobro mensual y conservar su obra social y las asignaciones familiares. El beneficio incluye a dos grupos:
Trabajadores en relación de dependencia despedidos sin justa causa, por finalización de contrato o por causas externas al trabajador, comprendidos en la Ley de Contrato de Trabajo N° 24.013.
Trabajadores de la construcción despedidos sin justa causa o por finalización de obra.
Los Requisitos
Para acceder al cobro por Desempleo, los trabajadores en relación de dependencia o de la construcción despedidos sin justa causa deberán cumplir estos requisitos:
Trabajadores permanentes: tener al menos 6 meses de trabajo con aportes en los últimos 3 años anteriores al despido o finalización del contrato.
Trabajadores eventuales y de temporada: haber trabajado menos de 12 meses en los últimos 3 años y más de 90 días en el último año, antes de la finalización del trabajo.
Trabajadores de la construcción: tener al menos 8 meses de trabajo con aportes en los últimos 2 años anteriores al despido o finalización de obra.
Cuándo cobro junio
Quienes reciben un ingreso por Desempleo en el mes de junio, lo comienzan a cobrar desde el día de hoy y hasta el 29 de junio, siguiendo el orden de la terminación del DNI del titular:
Documentos terminados en 0 y 1: 23 de junio
Documentos terminados en 2 y 3: 24 de junio
Documentos terminados en 4 y 5: 27 de junio
Documentos terminados en 6 y 7: 28 de junio
Documentos terminados en 8 y 9: 29 de junio
Cuánto y cómo cobro
La ANSES aclara que los beneficiarios que estén cobrando la prestación por Desempleo y vuelven a trabajar, deberán solicitar la suspensión de la prestación dentro de los 5 días hábiles.
Quienes mantengan vigente esta ayuda social, percibirán la prestación de la siguiente manera:
Trabajador en relación de dependencia despedido sin justa causa: el monto y la cantidad de cuotas (entre 2 y 12) se calculan según los ingresos y meses trabajados (con aportes) durante los últimos 3 años. Los trabajadores mayores a 45 años cobran durante 6 meses más.
Trabajadores de la construcción despedidos sin justa causa o por finalización de obra: para trabajadores permanentes, el monto y la cantidad de cuotas (entre 3 y 8) se calculan según los ingresos y meses trabajados (con aportes) durante los últimos 2 años. En el caso de un trabajador eventual o de temporada que trabajó (con aportes) un año o más, se aplica el mismo criterio que para un trabajador permanente. Si lo hizo por menos de un año, le corresponderá un día por cada 3 de servicio. Los trabajadores mayores a 45 años cobran durante 6 meses más.
En ambos casos, para cobrar el Desempleo la ANSES gestionará la apertura de una Caja de Ahorro de la Seguridad Social desde la que el beneficiario podrá retirar el dinero por ventanilla en la sucursal bancaria y, posteriormente, el banco le entregará la tarjeta de débito para operar a través de los cajeros automáticos.
En caso de que ya hubiese recibido en algún otro momento una prestación de ANSES a través de una cuenta bancaria, el pago se realizará a esa misma cuenta. La ANSES también recuerda que si el titular posee una cuenta particular, puede solicitar al banco que la modifique como Cuenta de la Seguridad Social.
Cómo es el trámite
Para acceder al pago por Desempleo, se debe realizar un trámite de inscripción que puede hacerse a través del sistema de Atención Virtual o en forma personal en cualquiera de las oficinas de la ANSES.
Reuní la documentación personal y familiar correspondiente.
Ingresá en Atención Virtual desde la página de la ANSES con CUIL y Clave de Seguridad Social o bien sacá un turno para atención presencial en la oficina de la ANSES más cercana a tu domicilio.
Cabe aclarar que si el trabajador fue despedido y se produce un intercambio de telegramas con el empleador, antes de tramitar la prestación por desempleo deberá presentar todos los telegramas en una oficina de ANSES.
FUENTE: A24.
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