LA CIUDAD EL MEDIADOR 08 de enero de 2019

Revisión Técnica Vehicular: No hubo aumentos en los talleres de Santa Cruz

A poco de iniciarse la segunda quincena de enero, muchos aún planifican o se encuentran en los preparativos finales para emprender un viaje de vacaciones. Uno de los trámites obligatorios es tener al día la revisión técnica vehicular. Conozca a que revisión se someterá su vehículo.

La RTO (Revisión Técnica Obligatoria) permite determinar si el vehículo cuenta con las condiciones mínimas que garanticen tu propia seguridad, la de quienes transportan en el vehículo y la de los usuarios de la vía pública.

Además, permite medir los límites de contaminación reglamentarios permitidos.

 

¿Quiénes deben realizar la RTO?

Todos los vehículos que integran las distintas categorías (L, M, N y O) deberán tener aprobada la RTO para poder circular por la vía pública.

 

Categorías L: Vehículo automotor con menos de 4 ruedas (motos y triciclos)

Categorías M: Vehículo automotor que tiene por lo menos, 4 ruedas, o que tiene 3 ruedas cuando el peso máximo excede 1000 kg y es utilizado para transporte de pasajeros.

Categorías N: Vehículo automotor que tiene por lo menos 4 ruedas, o que tiene 3 ruedas con un peso máximo de 1000 kg y es utilizado para transporte de carga.

Categorías O: Acoplados (incluyendo semiacoplados), semirremolque.

 

¿Cuándo tenes que realizar la RTO?

Motos a partir del primer año de antigüedad mientras que los vehículos de uso particular a partir de los 3 años desde la fecha de patentamiento original.

 

¿Cuándo se renueva?

Las motos todos los años y los vehículos de uso particular desde los 3 hasta los 7 años de antigüedad: cada 2 años; más de 7 años de antigüedad, sin límite: anualmente.

 

¿Dónde se realiza?

La revisión se realiza en el taller habilitado correspondiente a la jurisdicción donde se encuentra radicado tu automóvil. En el caso de Río Gallegos el lugar habilitado esta ubicado sobre calle Ángel Vicente Peñaloza y el horario de atención es de lunes a viernes: 9:00 a 12:30 horas y de 14:30 a 19:00 horas, mientras que los sábados atienden de 9:30 a 13:00 horas.

 

¿Qué documentación presentar?

Para poder realizar la inspección se debe presentar

 

DNI

Licencia de conducir acorde con el vehículo.

Recibo vigente de la patente.

Constancia de cobertura de seguro.

El trámite lo puede realizar cualquier persona presentando Cédula Verde o Cédula Azul y Documento Nacional de Identidad.

Cabe destacar, que para poder hacer la Revisión Técnica Vehicular no se puede tener el vehículo polarizado.

 

Valores

La buena noticia es que no se modificaron los valores con respecto al mes pasado siendo el costo para los vehículos particulares (autos y camionetas), el costo a abonar es de $1.500 si es menor a 7 años y si es mayor de 7 años $1.300.

 

Qué se controla en la revisión de autos

Como ya se dijo la Revisión Técnica de los vehículos es obligatoria. En el caso de encontrarse alguna anormalidad por la cuál no se entrega la oblea, el propietario del rodado tiene 60 días para subsanar el inconveniente. En ese plazo al volver a la revisión no se vuelve a cobrar el trámite. Distinto es vencida esa cantidad de días, para poder obtener la oblea se vuelve a abonar.

¿Pero que es lo que se suele controlar cuando uno lleva el auto?

 

Neumáticos

Profundidad de dibujo mínimo 0,6 mm, deben estar libres de sopladuras, roturas, cortes o de fallas.

 

Llantas

Sin fisuras visibles, ni deformadas por golpes. Deben corresponder al modelo del vehículo y estar certificadas.

 

Chasis, estado general del vehículo

Largueros y travesaños (trompa del vehículo): Deben estar sin fisuras,

roturas o deformaciones. Transmisión: Correcto funcionamiento del sistema de selección de marchas, del sistema de embrague y de los elementos de transmisión.

 

Dirección y tren delantero

Sistema de dirección, tren delantero y sus componentes: En buenas

condiciones, sin modificaciones, soldaduras o fisuras visibles y con el

ajuste correcto.

 

Sistema de suspensión

Se comprueba la eficiencia de estabilidad del vehículo en movimiento.

Amortiguadores, elásticos, resortes Helicoidales (Espirales), parrilla de suspensión y barras estabilizadoras

 

Sistema de frenos

Freno de servicio (Sistema Hidráulico), freno de estacionamiento, verificación con ruedas en movimiento del freno de estacionamiento.

 

Luces reglamentarias

Faros frontales, luces altas y bajas, parpadeo o guiño. Lentes, luces de posición y patente, luces de frenado, ndicadores de cambio de dirección, luz de retroceso, balizador de emergencia, retrorreflectores, luz de tablero y proyectores adicionales

 

Elementos de seguridad

Estructural: Correajes y cabezales reglamentarios. Matafuego: Capacidad de 1 kg, reglamentario y con carga vigente. Balizas portátiles normalizadas: cantidad 2.

 

Estado general

Partes deterioradas en el exterior de la carrocería: No debe poseer elementos que sobresalgan de la línea de carrocería, ni aristas cortantes o

punzantes. Guardabarros: Correctamente sujetos y en buen estado. Paragolpes: Deben estar sujetos correctamente y con la altura reglamentaria.

No deben existir defensas o guías que resulten agresivas, ni aristas vivas o

cortantes.  Puertas: Deben cerrar correctamente. El pestillo de cierre debe funcionar correctamente. Capot y baúl: Deben cerrar y trabar correctamente. Parabrisas y luneta: Deben permitir una visión correcta y sin deformaciones, ni elementos adheridos o pintados que no sean los reglamentarios. No debe poseer roturas ni rajaduras. Limpiaparabrisas: Las escobillas deben estar en buen estado y funcionar correctamente.

Lavaparabrisas: Debe funcionar correctamente. Espejos: De acuerdo al tipo de vehículo deben tener la cantidad reglamentaria. Deben estar firmemente sujetos y colocados, sin roturas, rajaduras o pérdidas del revestimiento especular.

Arrastre de acoplados: Enganche normalizado y ajustado permanente.

Portaequipajes: Fijación correcta. Del interior del vehículo: Los asientos

y/o butacas deben estar firmemente adheridos a sus anclajes.

 

Contaminación ambiental

Se mide la emisión de ruidos y gases acordes al tipo y modelo de vehículo.

Cañerías y tapa de tanque: Sin pérdidas de combustible ni fluidos.  Silenciador y sistema de escape: Sin fugas intermedias, correctamente

sujetos, y con los niveles sonoros y de gases reglamentarios. Dispositivos del sistema de instrumental y registro de las operaciones. Velocímetro: Correcto funcionamiento y calibración del velocímetro y odómetro.

Bocina: Debe estar en funcionamiento y cumplir con el nivel sonoro de la

categoría.

 

Identificación

Chapa patente: Se verifica que los números de motor y chasis obrantes en la célula de identificación coincidan con los insertos en el automotor. Su

ubicación debe ser la reglamentaria, tanto adelante como atrás.

 

Obtención de certificado y oblea

Una vez que se haya aprobado el proceso de Revisión Técnica, el taller le debe entregar al conductor el Certificado de Revisión Técnica (CRT) y la oblea, que se adherirá al parabrisas delantero.

Estos elementos constituyen el documento que certifica que el vehículo se encuentra apto para circular.

 

Resultados posibles de la Revisión

APTO: Vehículo que no cuenta con desperfectos graves ni leves (a lo sumo observaciones), por lo que recibirá el Certificado de Revisión, un informe técnico y la oblea adherida al parabrisas con el mes y año del próximo vencimiento.

 

CONDICIONAL: Significa que se le han detectado al vehículo uno o más defectos leves. Estos defectos se detallan en el informe de inspección. Se contará con un plazo de 60 días hábiles para resolver el desperfecto y regresar a verificarlo sin cargo. Durante este periodo se puede circular.

 

RECHAZADO: Significa que se le han detectado al vehículo uno o más defectos graves. Estos defectos se detallan en el informe de inspección. El vehículo no está en condiciones de circular hasta tanto se solucione el desperfecto y se regrese para una nueva revisión.

 

Ante un siniestro, ¿debo volver a realizar la revisión técnica?

Sí. Debe llevar el vehículo inmediatamente a un taller habilitado para que determinen nuevamente que las condiciones de seguridad sean las óptimas, y emitan un nuevo certificado y oblea.

 

 ¿Hay un plazo de gracia para circular con la revisión técnica vencida?

No. Los vehículos con la inspección técnica vencida no pueden circular por

la vía pública. En caso de que la Revisión caduque en el momento en que el conductor se encuentra en otra jurisdicción, tendrá un plazo de 2 meses para continuar circulando.

 

¿Pueden retenerme la Licencia de conducir por circular sin revisión técnica?

Sí. De acuerdo a lo establecido por los Artículos 72 y 72 bis de la Ley Nacional de Tránsito 24.449.

 

¿Los vidrios polarizados están prohibidos?

Sí. Los vidrios polarizados están prohibidos. Dependerá de la reglamentación de la autoridad jurisdiccional.

 

¿Cuántos días tengo para verificar? El conductor cuenta con 30 días antes

del vencimiento para realizar la Revisión Técnica. Pasado el vencimiento, no hay período de gracia.

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