AFIP dispuso prórrogas y otras medidas de alivio fiscal para los afectados por incendios

El beneficio es para los contribuyentes que se vean "severamente afectados" por el fuego en las provincias de Corrientes y Misiones. Cuáles son los impuestos alcanzados por las medidas anunciadas por la Administración Federal de Ingresos Públicos.

EL PAIS24 de febrero de 2022
621101bd3bb1e_900

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) instrumentó este jueves medidas extraordinarias de alivio fiscal para los contribuyentes cuyas actividades económicas se encuentran "severamente afectadas" por los incendios en las provincias de Corrientes y Misiones.

El organismo así lo dispuso mediante una resolución en la que consideró necesario adoptar medidas para morigerar los efectos económicos adversos de los incendios, para lo cual estableció "plazos especiales para el cumplimiento de ciertas obligaciones fiscales, así como suspender las intimaciones, la iniciación de los juicios de ejecución fiscal y la traba de medidas cautelares".

Lo dispuesto contempla prórrogas de hasta 9 meses, de manera que la presentación y el pago de las obligaciones con vencimientos originales fijados durante los meses de marzo a diciembre de 2022, pasarán para los meses de enero a mayo de 2023, precisó la AFIP.

Los tributos alcanzados son los anticipos de los impuestos a las ganancias, sobre los bienes personales, al valor agregado, del fondo para la educación y promoción cooperativa, así como para las obligaciones correspondientes a las contribuciones de la seguridad social, al régimen previsional de trabajadores autónomos y al monotributo.

A la vez, la AFIP determinó la suspensión hasta el 31 de diciembre de 2022 de las intimaciones, la iniciación de los juicios de ejecución fiscal y la traba de embargos, por lo cual, cuando se trate de ejecuciones fiscales iniciadas con anterioridad a la entrada en vigencia de la normativa, las mismas serán paralizadas.

En caso que se hubieren trabado embargos sobre fondos o valores de cualquier naturaleza, el organismo arbitrará los medios para el levantamiento de la medida cautelar, sin transferencia de las sumas efectivamente incautadas, las que quedarán a disposición del contribuyente, se aseguró.

Finalmente, se informó que la AFIP no iniciará el proceso de caducidad por falta de cancelación de cuotas de los planes de pago realizados por contribuyentes afectados hasta el 31 de diciembre de 2022, hasta entonces dispondrá feria fiscal extraordinaria y procederá a la refinanciación de aquellos planes de facilidades de pago que se encuentren vigentes.

Fuente: Agencia Télam 

Te puede interesar
720 (86)

Allanan la casa de Espert

EL PAIS09 de octubre de 2025

Luego de su vínculo con el empresario Federico Fred Machado, comenzaron las averiguaciones en el inmueble del funcionario libertario.

Lo más visto
webvero

Claudio Leyenda: “Todavía hay varados en Córdoba”

El Mediador
LA PROVINCIA 17 de octubre de 2025

Familias del Club Unión Santacruceña cuyos hijos iban a participar de un torneo en Villa Carlos Paz fueron estafados con la venta de pasajes. “El problema que tenemos que resolver es el de la gente que está en Córdoba porque la señora les dio el pasaje de ida, pero no el de vuelta”. Los varados en Calafate regresarán a Río Gallegos esta tarde.