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La Cámara Federal de Casación Penal tomó esta determinación tras desestimar un recurso de la defensa contra la resolución dictada por la Sala B de la Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba. La norma del Código Penal prevé que "será reprimido con prisión de tres a seis años, el que públicamente incitare a la violencia colectiva contra grupos de personas o instituciones".
EL PAIS12 de octubre de 2022La Cámara Federal de Casación Penal confirmó el procesamiento de Eduardo "El Presto" Prestofelippo por supuesta incitación a la violencia y al odio contra la vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner, informaron este martes fuentes judiciales.
La Sala II de Casación desestimó un recurso de la defensa contra la resolución dictada por la Sala B de la Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba, el 12 de octubre de 2021, cuando, por unanimidad, revocó un fallo de primera instancia y procesó a Prestofelippo por el artículo 212 del Código Penal y el artículo 3 segundo párrafo de la ley 23.592.
La norma del Código Penal prevé que "será reprimido con prisión de tres a seis años, el que públicamente incitare a la violencia colectiva contra grupos de personas o instituciones", en tanto la Ley Antidiscriminatoria contempla una pena similar para "quienes por cualquier medio alentaren o incitaren a la persecución o el odio contra una persona".
El 'youtuber' "El Presto" fue procesado -aun falta resolver si será o no con prisión preventiva- porque el 27 de agosto de 2020, desde la ciudad de Córdoba y utilizando su cuenta de la red social Twitter @ElPrestoOk "El Presto", publicó el mensaje que el tribunal de Córdoba encuadró en las figuras penales.
"Vos no vas a salir VIVA de este estallido social. Vas a ser la primera –junto con tus crías políticas- en pagar todo el daño que causaron. TE QUEDA POCO TIEMPO", decía el mensaje por Twitter, que se consideró como "una incitación pública por parte del imputado a apoyar un estallido social, favoreciendo el uso de violencia en contra de un grupo de personas" e "incitando al odio con motivo de sus ideas o pertenencia política".
Para Casación, el tribunal de Córdoba "expresó adecuadamente las razones que determinaron su decisión y no se verifica –ni el recurrente logra demostrar-, la concurrencia de un supuesto de arbitrariedad que afecte la validez del resolutorio".
Los camaristas Carlos Mahiques, Angela Ledesma y Guillermo Yacobucci dijeron que para anular el sobreseimiento de "El Presto" se "efectuó un razonable análisis de las normas aplicables al caso y las pruebas incorporadas al expediente".
Además, por mayoría, se concluyó que la vía de casación había sido bien denegada -el caso llegó vía recurso de queja- porque "no se advierte que mediante la resolución del tribunal inferior se hayan visto afectadas las garantías del debido proceso y de la defensa en juicio".
Recientemente "El Presto" volvió a ser noticia porque apareció vinculado con Brenda Uliarte, la novia de Fernando Sabag Montiel, el hombre que intentó matar a la Vicepresidenta el pasado 1° de septiembre. Uliarte y Sabag Montiel están detenidos y procesados por tentativa de homicidio agravado.
FUENTE: Télam.
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