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La Cámara de Casación porteña resolverá si ratifica o rectifica los dos años de prisión en suspenso que pesan sobre el agente.
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La Cámara Nacional de Casación fijó para el próximo 6 de marzo a las diez de la mañana la audiencia de apelación sobre la condena contra el policía bonaerense Luis Chocobar por el asesinato de un asaltante en el barrio porteño de La Boca en 2017.
La audiencia es el paso previo a la confirmación, modificación o revocación del fallo que condenó a Chocobar a dos años de prisión en suspenso por “homicidio agravado en exceso del cumplimiento del deber”.


La audiencia se celebrará en el edificio judicial de Talcahuano 612 ante la Sala Segunda de la Casación porteña, integrada por los jueces Horacio Dias, Daniel Morín y Eugenio Sarrabayrouse.
El caso Chocobar
Chocobar fue condenado en mayo de 2021, tras un juicio ante un tribunal de Menores que se extendió durante siete meses, por el homicidio de Juan Pablo Kukoc el 8 de diciembre de 2017.
Kukoc asaltó y malhirió con un puntazo en el pecho al turista estadounidense Frank Wolek.
Chocobar, quien circunstancialmente pasó por el lugar instantes después del asalto, persiguió a Kukoc y le disparó cuando huía, causando su deceso.
El accionar del policía fue defendido por la ministra de Seguridad (de entonces y también actual) Patricia Bullrich e incluso fue recibido por el presidente Mauricio Macri.
El Tribunal Oral de Menores número dos consideró que el disparo que causó la muerte de Kukoc fue "innecesario y desproporcionado".
Los jueces Fernando Arqueta, Fernando Pisano y Jorge Apolo consideraron que “Chocobar no debió efectuar ese último disparo que impactó a Kukoc en su pierna izquierda cuando se alejaba corriendo sin resultar peligroso para nadie”.
Chocobar –añadió la resolución que ahora será revisada- debió haberse abstenido de disparar “aún a riesgo de ver frustrado el arresto pretendido” del asaltante.
El fallo reconoce que Chocobar debía actuar una vez que advirtió la situación, y aprobó la persecución y la decisión de “identificarse como policía, dar la voz de alto y disparar en dos o tres oportunidades de forma intimidatoria al aire".
“El comienzo de su accionar estuvo completamente justificado a tenor del marco legal que regula su actividad", admitieron los jueces.
Sin embargo, advirtieron que "en un preciso momento de la persecución, la actuación del policía acusado dejó de estar justificada para tornarse excesiva en extenso e intenso por resultar innecesaria y desproporcionada al legítimo fin primigeniamente propuesto".
Tras la audiencia, el tribunal de Casación porteño dispone de un plazo ordenatorio de 20 días hábiles para anunciar si ratifica o rectifica la condena.





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