Intendente Grasso decretó la Emergencia Municipal

El Jefe Comunal junto a sus Secretarios firmó el Decreto Municipal Nª 10 por la cual establece el “Estado de Emergencia Municipal”, en sus aspectos de infraestructura vial, edilicia y administrativa. La declaración de la emergencia se estableció por el plazo de un año.

LA CIUDAD 10/12/2019
NUEVO MUNI-02

En el día de la fecha, el Ejecutivo Municipal, a través de la Secretaria de Gobierno a cargo de la Prof. María Celina Mansilla ha expresado: “Que en el día de la fecha, por medio del dictado del Decreto Municipal n°10, se ha declarado el “Estado de Emergencia Municipal”, en sus aspecto de infraestructura vial, edilicia y administrativa.

Qué el plazo estipulado para dicha emergencia fue fijado en 365 días a contar a partir de la fecha en que se dictó este instrumento, es decir desde el 10 de diciembre de 2019.

Qué ante la decidía total por parte de la gestión saliente y ante un estado de quebranto económico de gran envergadura, el cual es de público conocimiento, es que se requirió de la adopción urgente y con la mayor celeridad posible de medidas tendientes a soslayar la crisis que hoy nos encontramos transitando.

Que con respecto al reordenamiento del personal municipal es necesario, en función a las irregularidades en cuanto a los cambios de dependencia (transitorios y permanente), que no fueron justificados adecuadamente, proceder a dejar sin efecto los pases a las áreas que perciben plus y adicional, que por otro lado en lo que respecta a dichos pases de dependencia, los mismos correspondieron meramente a intereses de carácter político, ya que la mayoría de los pases a planta permanente fueron de cargos políticos del municipio, dejándonos en un total desorden administrativo, el cual provoca inevitablemente una onerosidad que compromete al erario municipal de manera desmedida.

Que por otro orden de cosas otro punto de gran relevancia que nos llevó al dictado de este  instrumento fue el atinente a la materia edilicia, por el gran deterioro que sufre el municipio en sus infraestructura básica y necesaria para tener un funcionamiento adecuado, tal es el caso del inmueble sito en calle Entre Ríos n° 151, el cual no cuenta con provisión de gas entre otros.

Que por otro lado, esta medida fue tomada en atención a las pésimas condiciones en que se encuentran las arterias de la ciudad, lo que conlleva a la intransitabilidad de las mismas, lo que nos obliga a la determinación de emergencia en infraestructura vial.

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