Japón presentó una reforma para elevar de 13 a 16 la edad de consentimiento sexual

Dentro de una serie de reformas del Código Penal, fue enviado al Parlamento un proyecto de ley donde se busca elevar la edad del consentimiento sexual a 16 años, además de una serie de enmiendas sobre la producción de imágenes de desnudos.

EL MUNDO15 de marzo de 2023
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El Gobierno de Japón envió al Parlamento un proyecto de ley para tipificar una violación sexual, aunque no haya habido violencia física o coerción, y elevar la edad de consentimiento sexual de 13 a 16 años, como parte de una serie de reformas al Código Penal del país. 

El Gobierno pretende aprobar el proyecto de ley durante la actual legislatura y entraría en vigencia dentro de los 20 días posteriores a su promulgación, informó la agencia de noticias nipona Kyodo News

Las enmiendas, que buscan dejar más clara la ilegalidad de las relaciones sexuales no consentidas, también tipificarán como delitos punibles en el Código Penal el "upskirting" (la toma de fotografías por debajo de las faldas) y la producción de imágenes de genitales sin consentimiento.

Además, definirán las circunstancias en las que se considerará que hubo una violación, entre las cuales se menciona, como ejemplo, que alguien se aproveche de la capacidad disminuida de una persona para resistirse debido a la influencia del alcohol o las drogas así como también el abuso de poder económico o social. 

Aunque Japón revisó su Código Penal en 2017, renombrando el delito de "violación" por el de "relaciones sexuales forzadas", seguía exigiendo violencia física o coacción para que una violación sexual se definiera como tal. 

De esta manera, algunas acciones que con el sistema actual no se imputarían por la definición vaga de lo que es punible, con las nuevas enmiendas pueden convertirse en ilegales. 

Las correcciones también penalizarán las relaciones sexuales con menores de 16 años, al elevar la edad legal de consentimiento a los 13 años, una de las más bajas entre las naciones desarrolladas, que rige desde 1907. 

Aunque los cambios harán que las relaciones sexuales con menores de 16 años sean ilegales independientemente del consentimiento, se prevé una excepción para los casos en que una persona de entre 13 y 15 años mantenga relaciones sexuales con una persona menos de cinco años mayor. 

Además de declarar ilegal el "upskirting" y la producción de imágenes de desnudos sin consentimiento, también será punible proporcionar o hacer circular tales imágenes y videos. -

La promesa de pagos a menores de 16 años también se tipificará como delito, con la mirada puesta en prevenir la captación para prostitución. 

En tanto, el plazo de prescripción de la acción penal se ampliará de 10 a 15 años para las relaciones sexuales no consentidas y de 15 a 20 años para los atentados al pudor. 

FUENTE: TÉLAM

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