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El decreto del Ministerio de Economía fue publicado este jueves en el Boletín Oficial
ACTUALIDAD 11/05/2023El Gobierno Nacional oficializó la suba del piso del Impuesto a las Ganancias que beneficiará a 250 mil empleados.
A través del Decreto 267/2023, publicado este jueves en el Boletín Oficial, el Ministerio de Economía estableció para el período fiscal 2023, el monto de la remuneración y/o del haber bruto en $506.230 mensuales, inclusive. En efecto, por debajo de este umbral no corresponderá retención alguna del tributo.
“Para el caso de las rentas mencionadas en los incisos a), b) y c) del artículo 82 de la Ley de Impuesto a las Ganancias, texto ordenado en 2019 y sus modificaciones, y con efecto exclusivo para los sujetos cuya remuneración y/o haber bruto no supere la suma equivalente a $506.230 mensuales, inclusive, deberán adicionar a la deducción del apartado 2 del inciso c) del artículo 30 de la citada norma legal un monto equivalente al que surja de restar a la ganancia neta las deducciones de los incisos a), b) y c) del citado artículo 30, de manera tal que será igual al importe que -una vez computada- determine que la ganancia neta sujeta a impuesto sea igual a (cero) 0″, reza el artículo 2 del decreto publicado esta madrugada.
Asimismo, en los meses en que la remuneración bruta del mes supere los $ 506.230 y resulte inferior o igual a $ 583.851, los agentes de retención computarán una deducción especial incrementada. La AFIP será la encargada de establecer el monto deducible adicional pertinente, señala el texto con las modificaciones que fue firmado por el presidente Alberto Fernández, el jefe de Gabinete Agustín Rossi y el ministro de Economía, Sergio Massa.
En los considerando, el Gobierno señaló que la actualización del monto del piso de Ganancias es para “evitar que la carga tributaria neutralice los beneficios derivados de la política salarial”.
De esta forma, aproximadamente 250.000 trabajadores en relación de dependencia dejarán de pagar el tributo, según cálculos realizados por el Palacio de Hacienda. Poco más de 112.000 de esos trabajadores están localizados en la provincia de Buenos Aires, otros 31.000 en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y cerca de 40.000 están distribuidos entre las provincias de Córdoba y Santa Fe.
El umbral anterior del tributo era, desde enero de 2023, de $404.062, con lo que el aumento del monto exento es de 25,3 por ciento. La inflación acumulada a marzo, según informó el Indec, fue del 21,3%, con lo que bastará que el guarismo de abril, que la agencia estadística oficial informará mañana viernes, supere el 2,9% para que el aumento del umbral debajo del cual no se paga Ganancias quede por debajo de la inflación del primer cuatrimestre del año. La mayoría de las consultoras estiman para abril una inflación superior al 7%.
El aumento del piso obedece a la variación del RIPTE, el índice que mide la evolución de los salarios registrados, entre el mes de octubre de 2022 y el mes de febrero de 2023 (último dato publicado) que fue de 25,29%. El Poder Ejecutivo nacional tiene la facultad de incrementar el “piso” del impuesto a las ganancias.
Según algunos tributaristas, la suba del piso debería haber sido aun más alta. “El ajuste que se efectuó en enero pasado fue de acuerdo a cómo establece la Ley de Impuesto a las Ganancias por la variación del Ripte de octubre de 2021 a octubre de 2022, que fue el 78,84%. La inflación de 2022 fue de 94,8% se perdió un 16% y la inflación del primer trimestre de este año fue superior al 20%”, estimó Sebastián Domínguez, socio de SDC Asesores Tributarios.
De esta forma, según el especialista, se perdió un 40% entre el año pasado más la inflación del trimestre. “Y aun falta considerar la inflación de abril. Si se toma la situación hasta marzo, el ajuste debería ser por lo menos del 40% y el piso debería ir a $565.000″, estimó Domínguez.
“Las disposiciones del presente decreto entrarán en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial y resultarán de aplicación para las remuneraciones y/o haberes brutos mensuales devengados a partir del 1° de mayo de 2023, inclusive, con excepción de lo dispuesto en el artículo 1°, que surtirá efectos conforme a lo allí previsto”, concluye el decreto.
FUENTE: Infobae.
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