
Ganancias: se oficializó la suba del piso del Impuesto a $700.000







Este viernes 11 de agosto, el Gobierno Nacional emitió el decreto 414/2023 que se publicó en el Boletín Oficial y en el que se oficializa el aumento del umbral para la aplicación del Impuesto a las Ganancias, estableciéndolo en $700,000.
Esta medida entrará en vigor a partir de este mismo mes. Se proyecta que esta modificación resultará en un alivio tributario para una cantidad superior al millón de trabajadores.
El decreto resuelve aumentar la deducción especial del Impuesto a las Ganancias para los trabajadores. La ganancia neta es la base imponible para el gravamen.
El decreto establece que los nuevos montos para la deducción especial serán:
Para los empleados con remuneraciones y/o haberes brutos mensuales devengados a partir del 1 de agosto de 2023, inclusive, de PESOS SETECIENTOS MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y CINCO ($700.875) mensuales, inclusive.
Para los empleados con remuneraciones y/o haberes brutos mensuales devengados a partir del 1 de enero de 2024, inclusive, de PESOS OCHOCIENTOS OCHO MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y UNO ($808.341) mensuales, inclusive.
En detalle, el decreto resuelve lo siguiente:
Aumenta la deducción especial del Impuesto a las Ganancias para los empleados.
El nuevo monto de la deducción especial será de PESOS SETECIENTOS MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y CINCO ($700.875) mensuales para los empleados con remuneraciones y/o haberes brutos mensuales devengados a partir del 1 de agosto de 2023, inclusive.
El nuevo monto de la deducción especial será de PESOS OCHOCIENTOS OCHO MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y UNO ($808.341) mensuales para los empleados con remuneraciones y/o haberes brutos mensuales devengados a partir del 1 de enero de 2024, inclusive.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) deberá realizar las adecuaciones normativas necesarias para la aplicación de estos ajustes.
Ganancias: importes de las escalas progresivas
Este mismo viernes, a través del Decreto 415/2023, el Gobierno dispuso que la AFIP aumente en un 35% los montos de las escalas progresivas, efectuando además una aplicación retroactiva desde enero de este mismo año.
Los excesos retenidos entre enero y julio serán reintegrados al trabajador en dos pagos mensuales, a través de los salarios correspondientes a agosto y septiembre próximos.
“La suma que resulte de comparar el importe efectivamente retenido hasta la fecha de entrada en vigencia de este decreto con el que hubiera correspondido retener, considerando la reducción de la base a la que se refiere el párrafo anterior, en su caso, se restituirá de acuerdo con las modalidades y plazos que establezca esa Administración Federal”, sostiene el documento oficial.
FUENTE: Ámbito.



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