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Así lo sostuvo el abogado de la edil de Las Heras. El TSJ emitió una resolución en diciembre de 2020 ordenando la inmediata restitución y todavía el Concejo Deliberante no se cumplió. Ahora interpusieron un "pronto despacho" para lograr el efectivo cumplimiento.
LA PROVINCIA 19 de abril de 2021La concejal Daniela Alonso de la localidad de Las Heras, todavía no fue restituida en su banca de edil a pesar de una resolución emitida por el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) en diciembre del 2020, que ordenó "su inmediata restitución" tras haber sido suspendida en una sesión del Parlamento lasherense, en medio de una polémica por presunto cobro doble de haberes.
La suspensión se aplicó con el criterio de esperar un fallo judicial que finalmente se expidió en la materia, y en diciembre del 2020, el Tribunal Superior de Justicia ordenó "la inmediata restitución de la concejal". A 5 meses de esa resolución, el Concejo Deliberante de Las Heras sigue sin cumplirla.
Vale recordar que Alonso resultó suspendida, gracias al voto de los ediles del partido MOVERE del intendente José María Carambia: Andrea Yapura, Cristian Mercado y Jairo Bernacki. El oficialismo local convocó a una sesión extraordinaria el 26 de noviembre, y a moción de Yapura, procedieron a la suspensión.
La propia presidenta del cuerpo había denunciado penalmente, un día antes, que Alonso percibía doble sueldo. Días atrás, el abogado patrocinante de legisladora acusada, Amadeo Figueroa, solicitó un amparo y presentó un juicio contencioso administrativo. Alonso aclaró que no sólo nunca utilizó el sueldo que le siguió depositando Educación, sino que hizo todos los trámites administrativos ante el Consejo, pero por la burocracia y tardanza, le siguieron pagando. “La Concejal pidió licencia y dio aviso al Ministerio” recordó Figueroa.
En diálogo con el programa radial EL MEDIADOR, el Dr. Amadeo Figueroa que patrocina legalmente a la concejal Daniela Alonso de Las Heras sentenció "el 28 de diciembre se la notifica a la Presidenta del Concejo Deliberante de Las Heras que debía dar cumplimiento a esta medida y no la cumplió todavía" y agregó "el Concejo no está facultado para hacer suspensiones de este tipo, hay una reglamentación interna que entiendo está destinada al personal del Concejo que establece que una medida de este tipo, "no debe ser superior a 30 días".
"Si hubiera sido delito, la denuncia presentada por Yapura no puede ser motivo para haberla suspendido hasta que no existiera sentencia firme, porque sino se presume que la Concejal es culpable. No puede la mera denuncia, de la cual ni siquiera le corrió vista la Fiscal, ser causal de una suspensión, ya que va además en contra del reglamento interno del Concejo, la Ley 55 y varios principios y leyes hasta internacionales” apuntó Figueroa
"Los fallos judiciales se cumplen, no se interpretan" aseguró.
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