Paritaria: El Gobierno presentó un nuevo incremento salarial para la Administración Pública

En el marco de la Paritaria Central se concretó a un incremento final del 63,24%.

DESTACADAS25/03/2022
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Tras un amplio análisis sobre la situación económica y financiera actual de la provincia llevado a cabo por el Ejecutivo provincial y con la mirada puesta en beneficiar a los trabajadores y trabajadoras de la Administración Central, se realizó un incremento de la misma.

Es importante destacar que dicha propuesta es acumulativa, por lo que al final de la misma, se arribamos a un incremento del 63.24 %, teniendo en cuenta como testigo la categoría 17, dado que es la base de cálculo de todos los adicionales que perciben los trabajadores tales como antigüedad, título y todos aquellos que por la función perciben. 

La propuesta, no solo es superadora que, sino que también un reconocimiento y reparación para los trabajadores y trabajadoras de la administración central sentando un precedente que venimos trabajando desde el año 2021, en la recomposición de su escalafón.   

La misma también alcanza a los trabajadores y trabajadoras de la Caja de Previsión Social y al sector pasivo de la Administración Pública.

Esta propuesta integral representa el mayor esfuerzo que el Gobierno de la Provincia puede ofrecer en el marco del escenario económico y financiero de la provincia, en compromiso con los trabajadores y trabajadoras para llevar los salarios por encima de la inflación, ya que, con esto, se ajusta a las expectativas del año y está por encima de las proyecciones de la inflación acumulada sin tener pérdida del poder adquisitivo.
Asimismo, el Poder Ejecutivo propone realizar una revisión a esta propuesta durante el mes de septiembre teniendo en cuenta la evolución de los indicadores económicos y la situación del erario provincial.

La misma consiste en lo siguiente: 
●    Incrementar en $ 2.500,00 (Pesos Dos Mil Quinientos) el básico de cada categoría con los haberes del mes de marzo, lo que repercute también en $ 2.500,00 (Pesos Dos Mil Quinientos) en la Zona. Lo que hace que se incorpore un total de $ 5.000 (Pesos Cinco Mil). Incrementar en ese mismo mes la diferencia entre categorías del 1.2% al 1.3% aplicando el porcentaje en primer término a la categoría 10.  
●    Incrementar el 4% al básico con los haberes del mes de abril
●    Incrementar el 5% al básico con los haberes del mes de julio
Incrementar en ese mismo mes la diferencia entre categorías del 1.3 al 1.4 
●    Incrementar el 8% al básico con los haberes del mes de septiembre
●    Incrementar el 8% al básico con los haberes del mes de diciembre
Además, se suma a esta esta propuesta integral: 
●    Incremento del 70% en la Asignación Familiar por hijo lo que implica la suma de $ 5.852,25 y que se replica en la Asignación Prenatal y por consiguiente la duplicidad en la Asignación por hijo con Discapacidad asciende a la suma de $ 11.704.50
●    Incremento del 200 % en la Asignación Familiar x Escolaridad inicial, primaria, media y superior lo que implica la suma de $ 1.500 X cada niño escolarizado. 
Incremento de la  Asignación Familiar por Familia Numerosa según el siguiente:
Cuadro
●    Incremento de la Asignación Familiar por Matrimonio que en la actualidad es de $ 600,00 a la suma de $ 10.000 
●    Incorporar un Código específico para el personal de Lotería de Obras para Acción Social que consiste en un 35% del básico de la categoría 17. Se deberá fijar para el mes de mayo la conformación de una mesa de trabajo para discutir las particularidades del sector. 
●    Elevar al 35 % del básico de la categoría 17 el adicional que perciben los trabajadores de Asuntos Registrales (código 209 y 218)
●    Incorporar un adicional por pertenencia a los trabajadores y trabajadoras a la Secretaría de Medios e Información Pública consistente en un 35% del básico de la categoría 17
●    Convocar para la última semana de abril la mesa de trabajo para el tratamiento de la movilidad del escalafón de la Caja de Previsión 
●    Convocar para el mes de mayo el Consejo Provincial de Relaciones Laborales para trabajar específicamente Jornada Laboral, licencia por adaptación escolar y reglamentación del artículo 187 del CCT.

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