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LA PROVINCIA 21 de mayo de 2025La decisión se funda en atención a la gravedad institucional que podría derivarse del hecho en cuestión.
La ministra Carla Vizzotti firmó la resolución que permite la comercialización, pero aclaró que las farmacias deben registrar a los compradores e informar los resultados.
ACTUALIDAD11 de enero de 2022El Gobierno nacional autorizó la venta al público en farmacias de los autotest de Covid-19, pero aclararon que arroja un "resultado orientativo" y que los compradores deberán registrar sus datos e informar cómo fue el procedimiento al farmacéutico.
Según la Resolución 28/2022 del Ministerio de Salud de la Nación, la ANMAT autorizó el uso de las denominadas pruebas rápidas de antígeno para la detección de COVID-19 o test inmunocromatográficos para antígenos de SARS-CoV-2 para uso profesional y los diseñados para autoevaluación.
"Esta herramienta fue implementada como test de autoevaluación desde el año pasado por países como Portugal, Francia, Países Bajos, Bélgica, Reino Unido, Italia, Alemania, España, Austria, Bulgaria y Estados Unidos", destacó la normativa publicada este martes en el Boletín Oficial.
Además, el texto que lleva la firma de Carla Vizzotti aseguró que "la velocidad en el agravamiento de la situación epidemiológica a escala internacional requiere la adopción de medidas novedosas para hacer frente a la emergencia, para que, oportunamente, se adopten decisiones rápidas, eficaces y urgentes".
Y agregó que "la situación exige una evaluación constante respecto de la evolución de los casos y de la transmisión en las distintas regiones, y una gestión coordinada que permita maximizar el resultado de las medidas que se implementan".
Según la resolución de Vizzotti, la implementación del test de autoevaluación de COVID-19 colabora "en el proceso de descentralización necesario para brindar una mejor respuesta ante una situación que afecte la salud pública, ya que no requieren de equipamiento o tecnología de alta complejidad".
¿Un autotest positivo es un caso de Covid-19 positivo oficial?
Para el Ministerio, los test de autoevaluación de COVID-19 son una "herramienta complementaria" para la gestión de la pandemia, toda vez que facilita el acceso al diagnóstico de COVID-19, y amplía la oferta en estrategias de testeo y su accesibilidad.
Sin embargo, aclaró en la norma que los autotest proporcionan "resultados orientativos", sin valor diagnóstico concluyente, a excepción de que las jurisdicciones, en acuerdo con el Ministerio de Salud y en base a la situación epidemiológica, consideren el resultado positivo como caso confirmado de COVID-19.
¿Dónde se pueden comprar los autotest de Covid-19?
Según detalló la ministra, conforme el marco jurídico vigente, la farmacia son el único un "canal de comercialización autorizado" para la venta de los autotest, que asegura la trazabilidad y legitimidad de los productos.
Así, los individuos particulares sólo podrán comprar el autotest en farmacias habilitadas y las droguerías y laboratorios sólo le podrán vender a éstas.
En el caso de las instituciones públicas o privadas que compren el autotest deberán designar "un profesional de la salud responsable de informar el destino, uso y reporte de los resultados a las autoridades sanitarias de su jurisdicción".
Por ese motivo, se estableció un procedimiento para hacer el correcto reporte y notificación de los resultados para la detección de SARS-CoV-2. "Para el adecuado reporte de resultados, resulta necesario establecer las condiciones de identificación individual de cada kit diagnóstico a fin de asegurar la notificación de casos", sostuvo la Resolución 28/2022. Eso implica que las farmacias deberán registrar a cada uno de los compradores y luego el cliente deberá informar el resultado obtenido.
Cómo informar el resultado del autotest de covid
En referencia al mecanismo de notificación, el Ministerio estableció que "los resultados del test deben ser reportados de forma individualizada (atento al código de barra de cada empaque) una vez abierto dentro de las 24 horas de realizado, y dentro de los siete días de adquirido cuando no hubiera sido utilizado, ya sea por el usuario individual o por un responsable de reporte en caso de gran volumen de test".
Y continuó: "En el caso de que el producto sea adquirido por un usuario en una farmacia adherida, el reporte de uso siempre se hace a la farmacia en la que se adquirió para lo cual el dispondrá de los siguientes canales alternativos: directamente en el punto de venta (farmacia) de forma presencial o telefónica, una página web y otros que puedan desarrollarse".
En este contexto, serán las farmacias las que deberán notificar "los resultados de los test dispensados al Sistema Nacional de Vigilancia de la Salud (SNVS) a través de los usuarios habilitados, para lo cual se otorgarán los accesos al SISA pertinentes".
La resolución estableció que "si el farmacéutico no recibe el reporte del usuario una vez abierto el empaque dentro de las 24 horas y dentro de los siete días de adquiridos cuando no hubieran sido utilizados, debe informar de esa situación a la autoridad sanitaria jurisdiccional".
En ese caso, la autoridad podrá inhabilitar el punto de venta para la dispensa de test de autoevaluación Covid-19 "si se advierte que la carga en el SNVS no se ha efectivizado".
Los casos positivos serán integrados a la notificación de casos de Covid-19 en el SNVS y se clasificarán como casos probables, los negativos serán clasificados como “negativo, sin clasificar”.
En tanto que los casos de test inválido deberán repetirse para definir el resultado.
FUENTE: Ámbito.
La decisión se funda en atención a la gravedad institucional que podría derivarse del hecho en cuestión.
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